jueves, 20 de septiembre de 2012

Creación de ART sin fines de lucro

DECRETO: Se formalizó, con la publicación del Decreto en el Boletín Oficial, la posibilidad de crear entidades Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) sin fines de lucro, definidas como "ART Mutual" , iniciativa que se suma a las acciones por el trabajo decente, la salud y seguridad de los trabajadores


Por Decreto 1720/2012 publicado hoy en el Boletín Oficial se formalizó la posibilidad de la creación de entidades Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) sin fines de lucro, definidas como "ART Mutual".

Podrán ser constituidas por "las asociaciones profesionales de empleadores o grupos de empleadores y las asociaciones sindicales de trabajadores con personería gremial que celebren negociaciones colectivas", según establece el Decreto.

El Decreto fue anunciado ayer por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner y entrará en vigencia mañana.

Las ART-MUTUAL se constituirán como entidades asociativas de seguros mutuos y tendrán como objeto exclusivo la gestión de las prestaciones y demás acciones previstas según la Ley Nº 20.091 y la Ley Nº 24.557, en los ámbitos territoriales y personales correspondientes a la negociación colectiva que les dio origen.

Los representantes sectoriales podrán adherirse a la ART-MUTUAL creada en la negociación colectiva de la actividad económica, agropecuaria, industrial o de servicios que revista carácter principal. El órgano directivo de la ART-MUTUAL decidirá, con carácter previo, si presta su conformidad para tal incorporación.

Agrega que en el procedimiento de negociación colectiva en que las partes acuerden la constitución de una ART-MUTUAL, deberán acompañarse como condición esencial para su homologación, copias certificadas de las actas de reuniones de los órganos directivos de cada representación colectiva donde se apruebe expresamente tal iniciativa.

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